Decretos Publicados
LXXV Decreto Legislativo 480
Decreto Legislativo Núm. 480.- ARTÍCULO PRIMERO. Se designa a las ciudadanas María Dennise Pérez Correa y Leslie Mora Camacho, Síndica Propietaria y Suplente, respectivamente del Ayuntamiento Constitucional de Zinapécuaro, Michoacán, por el periodo constitucional 2021-2024. ARTÍCULO SEGUNDO. La Síndica Propietaria María Dennise Pérez Correa rendirá protesta constitucional ante el Pleno de este Congreso y de inmediato entrará a ejercer su encargo. Publicado en el Jueves 30 de Noviembre de 2023. 24a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 479
Decreto Legislativo Núm. 479.- ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma la denominación del Capítulo II Bis del Título Tercero, la fracción IX; y, se adiciona la fracción X recorriéndose la siguiente en su orden subsecuente del artículo 69 Sexies de la Ley de Educación del Estado de Michoacán de Ocampo. Publicado en el P. O. el Viernes 22 de Diciembre de 2023. 19a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 478
Decreto Legislativo Núm. 478.-ÚNICO. Se reforma el primer párrafo y su fracción I; y, se adiciona un segundo párrafo al artículo 226 del Código Penal para el Estado de Michoacán. Publicado en el P. O. el Viernes 22 de Diciembre de 2023. 20a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 477
Decreto Legislativo Núm. 477.- ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma la fracción VIII y se adiciona la fracción IX recorriéndose en su orden la subsecuente al artículo 4; y, se adicionan los artículos 4 Bis, 13 Bis y 13 Ter, todos de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán de Ocampo. Publicado en el P. O. el Viernes 22 de Diciembre de 2023. 19a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 476
Decreto Legislativo Núm. 476.- PRIMERO. Se autoriza al Municipio de Tuzantla, Michoacán de Ocampo (el «Municipio»), para que, por conducto de funcionarios legalmente facultados y en términos de ley, gestione y contrate durante los ejercicios fiscales 2023 o 2024, con cualquier institución de crédito integrante del sistema financiero mexicano que ofrezca las mejores condiciones de mercado, un financiamiento, hasta por la cantidad de $9’802,000.00 (Nueve millones ochocientos dos mil pesos 00/100 M.N.), en la modalidad de crédito simple, sin exceder el Techo de Financiamiento Neto que le corresponda en el ejercicio que realice la contratación respectiva. Publicado en el P. O. Viernes 22 de Diciembre de 2023. 9a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 474
Decreto Legislativo Número 474.- ÚNICO. Se adiciona un Artículo Transitorio Octavo Bis a la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán de Ocampo para el Ejercicio Fiscal 2023. Publicado en el P. O. el 15 de Noviembre de 2023. 18a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 473
Decreto Legislativo Núm. 473.- Artículo Primero.- Se reforman las fracciones VI, VII y se adiciona la fracción VIII al artículo 83 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo.- Artículo Segundo.- Se reforman las fracciones V y VI del artículo 7, los artículos 12, 16, 17, 23, 27, las fracciones II, III y V del artículo 38 así como la fracción III del artículo 41; y, se adiciona el segundo párrafo del artículo 6 y la fracción VII al artículo 7; todos del Reglamento para la Selección, Integración y Funcionamiento del Parlamento Juvenil Incluyente del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo. Publicado en el P. O. el Viernes 10 de Noviembre de 2023. 18a. Secc
LXXV Decreto Legislativo 471
Decreto Legislativo Núm. 471.- ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona la Sección Primera «Atención Materno Infantil, Parto Respetado y Lactancia Materna», al Capítulo I denominado «Disposiciones Comunes», del Título Segundo denominado «Sistema Estatal de Salud», misma que queda integrada por los artículos 17 A y 17 B vigentes, así como por los artículos 17 C, 17 D y 17 E que se adicionan, todos a la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo. Publicado en el P. O. Jueves 30 de Noviembre de 2023. 23a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 470
Decreto Legislativo Núm. 470.- ÚNICO. Se adiciona al Título Tercero «Salubridad Local», el Capítulo XXIV «Transfusión Sanguínea» y el artículo 177 bis, a la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo. Publicado en el P. O. el Jueves 7 de Diciembre de 2023. 15a. Secc.
LXXV Decreto Legislativo 468
Decreto Legislativo Núm. 468.-ÚNICO. Se adiciona un párrafo al artículo 17 B de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo. publicado en el P. O. el Lunes 4 de Diciembre de 2023. 18a. Secc.