Impulsa Lariza Pérez perspectiva de género en juicios familiares
Comunicado 190/2022
*Con esta reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial será un requisito obligatorio para los jueces seguirse formando en materia de perspectiva de género e interés superior de la niñez
Morelia, Michoacán, 07 de abril de 2022.- El acceso a la justicia para mujeres y niños se debe garantizar, es necesario que los jueces familiares cuenten con los mejores y más actualizados conocimientos en perspectiva de género, señaló Lariza Pérez Campos, diputada local por el distrito de Jiquilpan.
Al presentar la iniciativa por la que se reforman los artículos 118, fracción II, 119 y se adicionan las fracciones V y VI 121 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Michoacán, la diputada panista manifestó la urgencia de contar con las herramientas adecuadas para resolver con perspectiva de género.
«El objetivo de esta iniciativa es que aquellos juzgadores en materia familiar cuenten con el nivel más profundo de profesionalización, que estén al tanto de los criterios más novedosos e innovadores en materia familiar y que sean sensibles de los intereses que se encuentran en disputa en una contienda familiar. Debe ser un requisito tanto para acceder como para mantenerse en el cargo de juez familiar, acreditar formación continua sobre perspectiva de género e interés superior del menor».
Lamentó que las mujeres no cuenten con las mismas oportunidades y garantías, dentro de un juicio familiar, debido a que a pesar de contar con jueces especializados en materia familiar, la observancia de los principios constitucionales de juzgar con perspectiva de género e interés superior de la niñez no está garantizada.
Pérez Campos explicó que durante la pandemia incrementó en un 60 por ciento el número de mujeres que fueron canalizadas a un refugio para protegerlas de situaciones de violencia familiar, por lo que urgió aprobarse esta reforma.
«Desde el inicio de la Pandemia al día de hoy nos aqueja, aumentaron de 65 a 80 las mujeres atendidas por la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres; aunado a lo anterior, los órganos de administración de justicia suspendieron actividades jurisdiccionales, lo que se tradujo en la imposibilidad de someter a consideración de un juez competente múltiples asuntos que versan sobre violencia de género».