Mónica Valdez propone prohibir por Ley toda discriminación por orientación sexual e identidad de género
Comunicado 409/2022
Morelia, Michoacán, 06 de julio de 2022.- Las mujeres y los hombres son iguales ante la ley, por lo que la diputada local Mónica Valdez Pulido, propuso una reforma al artículo 1° de la Constitución Política del Estado, mediante la cual se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Durante la sesión celebrada este miércoles, ante el Pleno de la LXXV Legislatura en el Congreso del Estado, la diputada presentó la iniciativa de reforma a la Constitución Local, misma que se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales para que declare el ha lugar para admitir la discusión de la misma.
Si bien en Michoacán existen herramientas registrales que coadyuvan al respeto a sus derechos de este sector de la población, ya que el Registro Civil del Estado desde el año 2017 cuenta con el servicio de Reconocimiento de Cambio de Identidad de Género, este servicio se realiza en todas las oficialías de la entidad, una realidad es que no se ha podido eliminar barreras que impiden su pleno desarrollo.
La diputada local por el Distrito de Zacapu puntualizó que en nuestra Constitución Local está prohibida la discriminación motivada por las preferencias sexuales, sin embargo es un término que hay que actualizar para proteger las nuevas formas de identidad sexual.
“La orientación sexual es independiente del sexo biológico o de la identidad de género; se refiere a la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, de su mismo género o de más de un género, así como a la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con personas. Es un concepto complejo cuyas formas cambian con el tiempo y difieren entre las diferentes cultural”.
La vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del PRD en el Poder Legislativo puntualizó que la obligación jurídica de los Estados de salvaguardar los derechos humanos de las personas LGBT e intersexuales está bien establecida en las normas internacionales de derechos humanos, con fundamento en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los tratados internacionales de derechos humanos concertados posteriormente.
Subrayó que todas las personas, cualquiera sea su sexo, orientación sexual e identidad de género, tienen derecho a disfrutar de la protección establecida en las normas internacionales de derechos humanos, incluido el respeto al derecho a la vida, seguridad de la persona e intimidad, el derecho a estar libre de tortura, arresto y detención arbitrarios, a estar libre de discriminación y a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica.
No obstante, recalcó que las actitudes homofóbicas sumamente arraigadas, a menudo combinadas con la falta de protección jurídica adecuada contra la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género, exponen a muchas personas LGBT de todas las edades y en todas las regiones del mundo a violaciones flagrantes de sus derechos humanos.
Finalmente, puntualizó que esta reforma plantea actualizar el marco normativo para garantizar desde nuestra constitución para que a las personas transgéneros, transexuales o travesti se les garanticen los mismos derechos que todo ciudadano tiene.