Propone Balta Gaona cárcel a hombres que abandonen a su pareja durante embarazo
Comunicado 423/2020
- La iniciativa establece pena corporal de hasta 1 a 5 años.
Morelia, Mich., a 19 de mayo del 2020.- El diputado Baltazar Gaona García, presentó una iniciativa con la finalidad de tipificar como un tipo de violencia en contra de la mujer cuando alguien lleve a cabo conductas que agredan física, psicológica, patrimonial o económicamente a una mujer y ésta se encuentre embarazada, cuando el sujeto pasivo se encuentre unido al sujeto activo por vínculo matrimonial, concubinato, relación de pareja o casual, o por sujeto activo con quien tenga o no vínculo de consanguinidad.
En su exposición de motivos, el legislador del Partido del Trabajo (PT), manifestó que existen indicios de que muchas mujeres al estar embarazadas enfrentan la maternidad solas, por la gran irresponsabilidad por parte del varón, pues al no existir ningún tipo de legislación que obligue al hombre a cubrir los daños causados por este tipo de violencia, para el hombre es muy fácil desentenderse de la situación.
“La violencia que se ejerce en contra de una mujer en situación de embarazo, generalmente es cometida por su pareja llámese novio, esposo, concubino o incluso provocada por una pareja casual, que al comprometerse con la mujer en una relación sexual o íntima de pareja se tiene como consecuencia un embarazo y que derivado de esta situación el hombre se desentiende de su responsabilidad dejando toda la carga de la responsabilidad a la mujer”, añadió.
El legislador por el distrito local de Tarimbaro, señaló que estos actos de violencia en contra de la mujer por embarazo no solo son perpetrados por el hombre con quien tuvo relaciones sexuales, sino que también puede ser ejercida por familiares tanto del hombre como de la mujer, poniendo en riesgo el derecho que tiene la mujer a tener un embarazo en condiciones óptimas.
En dicha iniciativa se estipula que el delito de violencia durante el embarazo se perseguirá por querella, salvo que una persona sea menor de edad, caso en el cual se perseguirá de oficio, además de que se impondrá de uno a cinco años de prisión y de doscientos a quinientos días de multa y prohibición de acercarse a la víctima, así como la reparación integral del daño.
“Estoy seguro que en la medida que logremos erradicar los diferentes tipos de violencia que enfrentan las mujeres, estaremos previniendo e inhibiendo los feminicidios, y es que las mujeres muchas veces se tienen que enfrentar a situaciones de violencia y discriminación en los diferentes ámbitos donde se desarrollan, como por ejemplo en el hogar, en la escuela, en el trabajo e incluso en las diferentes relaciones humanas. Los diferentes tipos de violencia en contra de las mujeres pueden ser por situaciones económicas, físicas, culturales, morales, sociales o políticas entre otras”, subrayó.
De igual forma se establece que la mujer embarazada tendrá derecho a recibir alimentos desde el momento de la concepción y a cargo del progenitor, si este fuera menor de edad, la obligación recaerá en sus padres, tutor o persona que esté a cargo de él y en caso de incumplimiento se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de doscientos a quinientos días de multa, así como la reparación integral del daño.