Castigo a servidores públicos que difundan imágenes de las víctimas propone Araceli Saucedo

Comunicado 369/2020

Morelia, Michoacán, 08 de mayo de 2020. Con el objetivo de proteger a las víctimas, la diputada integrante de la LXXIV Legislatura Local, Araceli Saucedo Reyes propuso reformar el Código Penal y la Ley de Responsabilidades Administrativas ambas del Estado, para castigar a los servidores públicos que participen en la revictimización, al filtrar información, imágenes o vídeos e incrementar las penas.

Durante su intervención en la Sesión Extraordinaria Virtual, la legisladora expuso que es necesario y apremiante que se analicen y aprueben estas reformas para proteger los derechos de las víctimas y sancionar a quienes revelen, publiquen o difundan cualquier tipo de información relativa a hechos delictivos, en donde se expongan imágenes o videos de la o las personas víctimas del delito.

Ante casos tan graves que ya se han reportado en el país, subrayó que es necesario garantizar en la legislación local la protección de las víctimas y sancionar a todo aquel que las vulnere. “La iniciativa busca proteger la integridad de la víctima, así de sus familiares, evitando un uso distinto de la información, el cual debe ser contenido exclusivo de la carpeta de investigación”.

Es por ello, que plantea sancionar a todo aquel servidor público que difunda, revele, publique, transmita, exponga, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, intercambie o comparta imágenes, por cualquier medio, sin autorización legal en una investigación o proceso penal, sobre documentos, lugar de los hechos, indicios, evidencias, objetos, o instrumentos relacionados con un homicidio.

Si el filtrado es de imágenes, audios o videos de cuerpos humanos deformados, mutilados o trasmite las últimas circunstancias de la forma en que se llevó a cabo el acto, Araceli Saucedo propone que se incremente la sanción en una tercera parte; y si se vincula con imágenes de un feminicidio, que implique niñas, niños o adolescentes se aumente en dos terceras partes.

Además, plantea que el particular que reciba información de la señalada en esta fracción y no denuncie al Servidor Público que la filtró, se considerará coparticipe y será sancionado en los mismos términos.

Asimismo, la diputada por el Distrito de Pátzcuaro propone que el servidor público que incurra en filtrar, revelar o trasmitir audios, videos, fotografías o imágenes a cualquier persona que no tenga derecho a conocer o participar en la investigación administrativa, será responsable de los daños que ello ocasione al Estado o a particulares, con independencia del delito que con ello comete.

Araceli Saucedo expresó que “el feminicidio del caso conocido más reciente “Ingrid Escamilla”, en la Ciudad de México, da origen entre otros motivos a plantear la iniciativa que sostiene que deben ser sancionado aquel servidor público que filtra imágenes de víctimas; caso citado trajo a la luz lo anormal de la violencia que se vive contra las mujeres; puso énfasis añadido en el periodismo amarillista de medios de comunicación que usan el dolor ajeno de los familiares y amigos de la víctima como botín de ventas publicitarias con indiferencia, por ello esta iniciativa se dirige a frenar y sancionar estos actos y sus consecuencias de filtrado de imágenes por quienes tiene acceso a ellas en los canales institucionales de investigación y administración de justicia”.

Refirió que el Poder Legislativo debe actuar y proponer las reformas que den la paz requerida contra esos actos y actores, al proteger a las víctimas y sancionar a quienes las vulneren, ya que las revictimizaciones ponen en riesgo no sólo una investigación, sino principalmente a las mujeres.

Por ello, aclaró que con dicha iniciativa de reformas que propone se propone establecer como delito de filtrado de información o imágenes de una víctima por difundir, entregar, revelar, publicar, transmitir, exponer o distribuir; videos, audios, fotografías, por servidores públicos respecto de datos que obren en una carpeta de investigación o proceso penal en cualquier etapa, pues ello constituye las grietas en el sistema de procuración y administración de justicia.

Además, la iniciativa busca el respeto que debe salvaguardarse a toda persona humana fallecida, tutelando su dignidad de que las condiciones de su muerte no las filtren los servidores públicos; haciéndose por tanto congruente el planteamiento de esta propuesta con los artículos 1° y 16 Constitucionales que imponen al Estado la obligación de garantizar el respeto al derecho a la privacidad de la persona y sus datos personales.

Con esta propuesta se armoniza con la Ley de Atención a Víctimas para el Estado, que mandata la obligación de la confidencialidad del uso de la información personal de la víctima y también se armonizará con la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán, que define que por violencia contra la mujer como es cualquier acción u omisión que, en razón del género le cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o incluso la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público, que se expresa en amenazas, agravios, maltrato, lesiones y daños asociados a la exclusión, subordinación, discriminación, explotación y opresión de género en cualquiera de sus modalidades.